bandec.jpg
    IMG_20200219_134131.jpeg
    IMG_20200219_115402.jpeg
    ilusion.jpeg
    IMG_20200228_135543.jpeg
    cremeria1.jpg
    comunales1.jpeg
    banco.jpg
    cremeria.jpg
    comercio.jpg
    acueducto.jpg
    barcelona.jpeg
    marina.jpeg
    previous arrow
    next arrow

    Ratio: 1 / 5

    Inicio activadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado

    Podrán solicitar certificaciones según el tipo, las personas siguientes:

    1. El titular de la inscripción.
    2. Los familiares: padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, tíos, conyugues o viudos.
    3. Los representantes legales.
    4. Otras personas interesadas que deben autorizar a recoger.

    La efectividad de la entrega de la certificación depende de que el solicitante complete los datos sobre tomo, folio y registro civil, que se encuentran en el documento de identidad permanente de cada persona, en el caso del nacimiento.

    Usted podrá solicitar los siguientes certificos, siguiendo este enlace

    • Certificación de nacimiento.
    • Certificación de matrimonio.
    • Certificación de defución.
    • Certificación de soltería.
    • Certificación de divorcio.

    Entre otros certificos, además, usted puede solicitar:

    Además podrá realizar estas solicitudes en línea y poder seguir el estado de su solicitud haciendo uso de de los siguientes códigos QR. descargar pdf aquí.

    Actos de ultima Voluntad
    Antecedentes Penales
    Actos de ultima Voluntad
    Antecedentes Penales
    Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado

    Procedimientos notariales para casos de compraventa, donación y/o permuta de viviendas:

    Documentos que deben aportar:

    • Documento de identidad de las partes involucradas.
    • Documento oficial acreditativo de la titularidad de la vivienda.
    • Constancia de la inscripción del inmueble en el Registro de la Propiedad del municipio donde se encuentra ubicada la vivienda (Certificación de dominio).

    Si la vivienda fue adquirida en matrimonio, o los compradores son casados deben comparecer los cónyuges a la autorización del documento notarial. En caso de no poder comparecer se admite la representación voluntaria por poder. Para la gestión de los asuntos en la notaría puede subscribirse contrato de servicio jurídico con un abogado del Bufete Colectivo.

    En el caso de la compraventa debe considerar además:

    • Documento de la Sucursal Bancaria correspondiente que acredite la liquidación total de los adeudos por concepto del pago de la transferencia de la propiedad, si el título es un contrato de compraventa con el banco.
    • Cheque de Gerencia emitido por la Sucursal Bancaria que acredite el depósito del importe acordado por las partes como precio de la venta, válido depósito del importe acordado por las partes como precio de la venta, válido por sesenta (60) días naturales contados a partir de la fecha de su expedición.

    Tramite

    Tarifas

    Término

    Cantidad de Sellos (de $5.00 CUP)

    Compraventa

    $35.00

    10 días

    Tres (3) sellos

    Donación

    $35.00

    10 días

    Dos (2) sellos

    Permuta

    $50.00 (por cada inmueble)

    7 días

    Tres (3) o más

    Consulte al notario cualquier otra situación particular.

    Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado

    Procedimiento para la solicitud de subsidios:

    Las personas que necesiten ser beneficiadas con el subsidio para construir, reparar o conservar su vivienda, deben tener disposición a solucionar su problema habitacional por esfuerzo propio y cumplir los siguientes requisitos:

    • Ser núcleos familiares y personas convivientes con falta de solvencia económica, haber sido afectado por catástrofes naturales o ser casos sociales críticos.
    • Vivir en condiciones habitacionales vulnerables, carecer de vivienda, presentar situaciones de obstrucción o fugas hidrosanitarias, o estar necesitados de construir, ampliar, reparar o conservar su vivienda.

    Condiciones para el otorgamiento de subsidio:

    • Poseer el Título de Propiedad de la vivienda actualizado o del terreno, poseer licencia de construcción, o un contrato que aplique a su caso.
    • El Consejo de la Administración Municipal se reunirá cuando se dispongan de fondos para la entrega de subsidios, por ello la periodicidad de las reuniones puede variar. Ello puede retrasar los plazos de respuesta al solicitante. El solicitante debe mantenerse informado sobre el desarrollo de su trámite en la Dirección Municipal de la Vivienda.

    El subsidio comprende el pago de los siguientes servicios:

    • Adquisición de los materiales de construcción, pago de la mano de obra, transportación de los materiales, documentación técnica que exijan las acciones constructivas, y/o compra del terreno.

    Procedimiento:

    • El solicitante se presenta con la solicitud en la oficina de trámites de la Dirección Municipal de la Vivienda, hasta tanto se disponga efectuar este trámite en la Dirección de Trabajo Municipal. El solicitante debe facilitar la información necesaria a los funcionarios que confeccionan su expediente.
    •  Los solicitantes con discapacidades o imposibilitados de realizar trámites de la Dirección Municipal de la Vivienda, hasta tanto se disponga efectuar este trámite en la Dirección de Trabajo Municipal. El solicitante debe facilitar la información necesaria a los funcionarios que confeccionan su expediente.
    • Los solicitantes con discapacidades o imposibilitados de realizar trámites pueden designar ante Notario una persona para la realización de los trámites pertinentes, y el acopio de los recursos en caso de ser Aprobada su solicitud.
    • Posterior  al proceso de análisis por el Consejo de Administración Municipal del Poder Popular, se entrega la decisión (revisión, aprobación o negación de la solicitud) al solicitante por parte de la Dirección  Municipal de la Vivienda. En caso de revisión pueden solicitarse más datos al solicitante. El Consejo de la Administración Municipal decide la cantidad que será subsidiada acorde a las necesidades del solicitante. El otorgamiento del subsidio se realiza por una vez para un objeto de obra específico.
    • Si es Aprobado se realiza el contrato del solicitante con la dependencia interna. De ahí se dirige a la Sucursal Bancaria correspondiente a aperturar la cuenta para la compra de materiales y/o el pago de los servicios.
    • Si lo requiere, debe dirigirse al Programa del Arquitecto de la Comunidad a tramitar el proyecto de la obra.
    • Si es Denegado el solicitante debe consultar, según su caso, el periodo de tiempo que debe transcurrir para presentar una nueva solicitud.
    • El beneficiario adquiere los materiales y comienza las acciones constructivas que serán concluidas en el periodo establecido por la Ley para cada tipo de acción constructiva. Los recursos asignados son de uso exclusivo del beneficiario y serán utilizados para un objeto de obra específico.

    Plazos de respuesta:

    • Conformación del expediente y presentación al Consejo de la Administración Municipal: 15 días hábiles a partir de la entrega de la solicitud en la oficina de trámites de la Dirección Municipal de la Vivienda.
    • Análisis del expediente y decisión de otorgamiento, denegación o revisión del subsidio: 30 días hábiles a partir de la entrega del expediente al Consejo de la Administración Municipal.
    • Firma del contrato con la Dependencia Interna del Consejo de la Administración Municipal: de inmediato una vez notificada la Aprobación al solicitante.

    Solicite más información en la Dirección Municipal de la Vivienda.

    Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado

    Procedimientos notariales para casos de adjudicaciones de herencia (cuyo bien a transmitir lo constituye una vivienda):

    Documentos que deben aportar:

    • Documento de identidad de las partes involucradas.
    • Documento oficial acreditativo de la titularidad de la vivienda.
    • Constancia de la inscripción en el Registro de la Propiedad del municipio donde se encuentra ubicada la vivienda (Certificación de Dominio) cuando obre inscrito el bien, o Dictamen de descripción, tasación y medidas y lindero, expedido por la Dirección Municipal de Planificación Física.   
    • Título sucesorio (escritura pública de Testamento o el Acta de Declaratoria de Herederos).

    Si el título es una Escritura de Testamento, se debe aportar Certificación de Defunción y Certificación del Registro de Actos de Última Voluntad y Declaratoria de Herederos. Si el título sucesorio es un Acta de Declaratoria de Herederos esta es válida por un (1) año a partir de la fecha de su autorización, transcurrido el mismo debe aportarse Certificación del Registro de Actos de Última Voluntad y Declaratoria de Herederos, siendo válida esta última po9r un período de ciento ochenta (180) días naturales.    

    Trámite

    Tarifas

    Término

    Cantidad de sellos

    Adjudicación

    Depende de los Actos que incluya

    15 días

    Dos (2) sellos

    Consulte al notario cualquier otra situación particular.

    Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado

    Procedimientos notariales para casos de actualización de los títulos de propiedad. Documentos que deben aportar (cuando se hayan ejecutado acciones constructivas cumpliendo los requisitos de la Ley):

    • Documento de identidad.
    • Documento oficial acreditativo de la titularidad de la vivienda.
    • Constancia de la inscripción del inmueble en el Registro de la Propiedad del municipio donde se encuentra ubicada la vivienda (Certificación de Dominio), cuando obre inscrito el bien.
    • Licencia o Autorizo de Construcción, Ampliación u Obra Nueva, según proceda, expedido por la Dirección Municipal de Planificación Física.
    • Certificado de Habitable expedido por la Dirección Municipal de Planificación Física, cuando se realicen acciones constructivas.
    • Resolución expedida por la Dirección Municipal de Planificación Física en virtud de la cual se reconozca: Derecho Perpetuo de Superficie del terreno en que esta se encuentra enclavada, obligación de pago por concepto del mismo (si existiese), y/o fijando las medidas o linderos del inmueble.
    • Dictamen de descripción, tasación, y medidas y linderos (en caso de división o unificación), o actualización, siempre que no se hayan realizado acciones constructivas que requieran licencia.

    Trámite

    Tarifas

    Término

    Cantidad de sellos

    Ampliación

    $20.00

    7 días

    Tres (3) sellos

    Remodelación

    $10.00

    10 días

    Dos (2) sellos

    Rehabilitación

    $10.00

    10 días

    Tres (3) o más sellos

    Obra Nueva

    $50.00

    7 días

    Dos (2) sellos

    División o Unificación

    $45.00 cada trámite

    10 días

    3 para División y 2 para Unificación

    En caso de no poder comparecer se admite la representación voluntaria por Poder. Para la gestión de los asuntos en la Notaría puede subscribirse un contrato de servicio jurídico con un abogado de Bufete Colectivo. 

    Consulte al notario cualquier otra situación particular.

    ¿Le ha resultado útil la información publicada en este portal?