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    La Dirección Municipal de Ordenamiento Territorial y Urbanismo se encuentra ubicada en la calle Andrés Cuevas #172 entre Leoncio Vidal y Raúl Torres en Camajuaní. Es la entidad municipal subordinada a la AMPP encargada de proponer y una vez aprobada, dirigir y controlar la aplicación de la política del estado y el gobierno en materia de ordenamiento territorial urbanístico, los aspectos del diseño y la arquitectura relacionados con este último, así como el catastro. Ejerce el papel rector en el enfrentamiento a las ilegalidades en el ámbito de su competencia. Tiene como objevitos garantizar la atención a la formación de pregrado, la superación y capacitación continua y la enseñanza de postgrado a los directivos, especialistas y técnicos del SPF, perfeccionar y generalizar el cuadro básico de tecnologías para los procesos de implementación (elaboración, revisión, aprobación y gestión) del ordenamiento territorial y urbanístico, concluir la creación del catastro urbano del país que garantice la emisión de certificados catastrales de las parcelas objeto de inscripción en el registro de la propiedad, controlar el cumplimiento estable y la agilidad en los procesos de otorgamiento de los permisos y trámites realizados de los sectores estatal y no estatal, fortalecer el sistema de enfrentamiento a las ilegalidades en materia de ordenamiento territorial y urbanístico con énfasis en una coordinación y exigencia más eficaz con los órganos locales del Poder Popular, organismos y organizaciones de Dirección Empresarial, fortalecer el proceso de comunicación institucional en apoyo a la misión estatal del SPF, perfeccionar las condiciones organizativas, jurídicas, económicas e institucionales y fortalecer la gestión de la innovación con la introducción de nuevos conocimientos y tecnologías con énfasis en la informatización de los procesos.

    Trámites y Servicios

    • Certificados Catastrales (urbano y rurales).
    • Licencias de Construcción.
    • Certificados de habitables.
    • Dictamen Técnico.
    • Regulaciones Urbanas.
    • Revisión de proyectos.
    • Trámites jurídicos.
    • Microlocalizaciones.
    • Certifico de numeración.
    • Autorizo.

    ¿NECESITA ACTUALIZAR LA DESCRIPCIÓN DE SU VIVIENDA EN SU TITULO DE PROPIEDAD?

    La Resolución 59 de 30 de octubre de 2020 dictada por INOTU (Dirección Municipal de Ordenamiento Territorial y Urbanismo ), que entró en vigor el 19 de diciembre de 2020 responde a esa necesidad suya.

    ¿CUÁLES SON LAS CUESTIONES OBJETO DE ACTUALIZACIÓN?

    Si Existen errores u omisiones relativos a los elementos de la descripción, tasación o no consten los linderos, sus medidas y las superficies de la vivienda.

    Si se han realizado acciones constructivas que no requieren licencia ni autorización de obra, pero que modifican la descripción de la vivienda, la unifiquen o dividan;

    Cuando no coincida la descripción física de la vivienda con la reflejada en el título de propiedad, por haberse ejecutado acciones constructivas de ampliación, rehabilitación

    o remodelación, siempre que no se hayan violado los requisitos técnico-constructivos y las regulaciones urbanas y territoriales;

    Si es necesaria la rectificación o ajuste de las medidas y linderos, así como la superficie total de la parcela.

    ¿DÓNDE Y CÓMO SE TRAMITA?:

    La persona natural interesada en actualizar la descripción de la vivienda en su título de propiedad lo solicita ante la Dirección Municipal de Ordenamiento Territorial y Urbanismo  y para ello presenta:

    • Escrito donde consten los datos personales del solicitante y su pretensión;
    • título de propiedad de la vivienda; y
    • sello del timbre correspondiente.

    La persona natural que no ha cumplido la obligación de pago del Derecho Perpetuo de Superficie sobre un terreno, o en su caso posee Litis con los colindantes por discrepancias en las medidas y linderos, promueve reclamación según corresponda, ante la Dirección Municipal de Planificación Física, conforme a lo establecido legalmente.

    El litigio se resuelve mediante investigación de los títulos de propiedad de todos los involucrados y mediante Certificación Catastral o Dictamen Técnico de Medidas y Linderos si la zona no está catastrada, si no fuera de los casos en que el asunto debe resolverse en la vía judicial.

    En el Dictamen Técnico o Certificación Catastral se establecen:

    a) Las nuevas acciones constructivas realizadas;

    b) los errores y omisiones que existen en la descripción de la vivienda según el título de propiedad;

    c) la descripción actual;

    d) el estado técnico-constructivo; y

    e) las medidas y linderos a reconocer.

    En cumplimiento de las medidas adoptadas por las autoridades de la provincia para la contención de la Epidemia, en determinados momentos y lugares, pueden ser suspendidas las prestaciones de servicios o restringirse, pero ello siempre será informado por los medios y mediante pizarras en las Direcciones municipales, lo que esperamos sea comprendidos por nuestros clientes.

    El acuerdo 8574 permite flexibilizar la transferencia de la propiedad de ocupantes de viviendas estatales declarados arrendatarios y usufructurarios, así como la legalización de viviendas terminadas o en ejecución por la población; siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la legislación vigente. Este proceso se desarrolla en un período de 6 años contados a partir de la entrada en vigor el 12 de marzo 2019. Reglamento sobre ordenamiento, legalización de viviendas, cuarto, habitciones, accesorios y locales incluyendo aquellas viviendas ubicadas en zonas urbanas y rurales, teniéndose en cuenta para las viviendas situadas en zonas con regulaciones especiales establecidas. 

    ¿Qué es Catastro?

    • Es el sistema Primario de Informaciones constituida por un conjunto de datos y descripciones de los bienes inmueble Urbanos y Rurales, con expresión de ubicación, superficie, linderos con sus medidas, uso, valores y demás circunstancias físicas, económicas y Jurídicas a fin de obtener un conocimiento real del Territorio Nacional que sirva a los objetivos del desarrollo del País.

    ¿Qué registra el Catastro?

    • La parcela: sus dimensiones (superficie), linderos y medidas: uso, valor legal y catastral, características técnico y constructivas.

    ¿Qué ventajas proporciona el Catastro a la población?

    • Garantiza la seguridad jurídica en los actos de trasmisión de Dominio con el registro de la propiedad y el registro de tenencia de la Tierra.Reduce el tiempo de los trámites que se realizan el sistema de la Planificación Física   vinculados con las medidas y linderos, en correspondencia con lo dispuesto en el Decreto- Ley 322 del 2014.

    ¿Cuál es el documento que se emite y por quién?

    • La certificación Catastral es el documento donde se recogen los resultados de las mediciones y los datos sobre el inmueble urbano o Rural
    • Se emite por la DMTOU.

    ¿Cuándo se comienzan los tramites con la certificación Catastral en los asentamientos Humanos Urbanos?

    • La investigación catastral se encuentra terminada, por lo que la DMTOU orientará a la población presentarse en sus oficinas mediante los medios de comunicación masiva u otros que puedan ser Empleados.
    • También durante la solicitud de servicios de la población a la DMTOU.

    ¿Qué deberes tienen las personas Naturales y Jurídicas en el Catastro?

    • Informar y declarar a la DMTOU los cambios físicos, de uso y titularidad que se produzcan en los bienes inmuebles.

    Cooperar con los funcionarios o personas encargadas de realizar el levantamiento e investigación catastral, permitiendo el acceso a sus inmuebles, previa notificación e identificación.

    • Mostrar los títulos de propiedad u otros documentos que emiten gran información sobre los inmuebles a los funcionarios de la DMTOU con el objetivo de comparar la correspondencia entre los documentos legales y las características físicas del inmueble.

    ¿Qué trámites de los que se realizan en la DMTOU necesitan del Certifico Catastral?

    • Actualizar de Propiedad,
    • División y unificación de propiedad.

    La Dirección Municipal de Ordenamiento y Urbanismo culminó la introducción de las manzanas catastradas en el sistema de Catastro Nacional (SISCAT-7)  como parte del cumplimiento del Plan Nacional del Catastro Urbano.

    Las personas interesadas en solicitar en la entidad un certificado catastral ya sea para: actualización de título de propiedad de su vivienda, para la divivsión de la misma o la unificación de esta, deben presentarse los Martes o Jueves en horario de la mañana, aportando en efectivo $50 por cada certificado catastral.

    Listado de precios en cuanto a trámites:

    • Certificado de habitable $88.00
    • Certificado de numeración: $44.00
    • Licencia de construcción: $66.00
    • Autorizo de obra: $68.00
    • Copia de documentos: $44.00

    Contactos

    Nombre: Tania María Hernández Torres

    Cargo: Director

    Nombre: Maira Águila Recio

    Cargo: Especialista en Atención a la Población y Comunicación

    Teléfono: 42481037

     

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